Calculadora de Vacaciones Argentina
Calculá cuántos días de vacaciones te corresponden según tu antigüedad (LCT art. 150) y cuánto te tienen que pagar. El valor del día de vacaciones se calcula dividiendo el sueldo bruto por 25, según jurisprudencia consolidada. Incluye el modo vacaciones no gozadas (indemnización).
| Antigüedad | Días de vacaciones |
|---|---|
| Hasta 5 años | 14 |
| Más de 5 y hasta 10 años | 21 |
| Más de 10 y hasta 20 años | 28 |
| Más de 20 años | 35 |
Cómo funciona el cálculo de vacaciones
Las vacaciones pagas están reguladas por los artículos 150 a 157 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). El cálculo tiene dos partes: cuántos días te corresponden (según tu antigüedad) y cuánto vale cada día.
Días por antigüedad (art. 150 LCT)
| Antigüedad al 31 de diciembre | Días corridos de vacaciones |
|---|---|
| Hasta 5 años | 14 |
| Más de 5 y hasta 10 años | 21 |
| Más de 10 y hasta 20 años | 28 |
| Más de 20 años | 35 |
La antigüedad se mide al 31 de diciembre del año en que se toman las vacaciones. Si no trabajaste el año completo en la empresa, el artículo 151 de la LCT establece que te corresponde 1 día de vacaciones por cada 20 días efectivamente trabajados, sin superar el tope de tu franja de antigüedad. Por ejemplo, con 180 días trabajados: 180 / 20 = 9 días.
Por qué se divide por 25
El valor de cada día de vacaciones no se calcula dividiendo el sueldo por 30, sino por 25. La jurisprudencia consolidada de la Justicia Nacional del Trabajo interpreta que el sueldo mensual remunera los días efectivamente laborables del mes: sobre 30 días corridos, descontando los descansos semanales, quedan aproximadamente 25 días de trabajo. Por eso:
Valor día = Sueldo bruto mensual / 25
Ejemplo con sueldo de $1.000.000: cada día de vacaciones vale $1.000.000 / 25 = $40.000. Si te corresponden 14 días, el pago total es $40.000 × 14 = $560.000. Ese pago se abona al iniciar la licencia (art. 155 LCT).
Vacaciones no gozadas
Si no gozaste tus vacaciones — porque la relación laboral terminó (renuncia o despido) o porque trabajaste durante tu licencia — te las deben pagar en dinero como indemnización, con el mismo cálculo: valor día (sueldo / 25) × días que te correspondían. En despidos también se pagan las vacaciones proporcionales del año en curso (1 día cada 20 trabajados).
Vacaciones y aguinaldo
El pago de vacaciones es una remuneración, y el aguinaldo (SAC) se calcula sobre el 50% de la mayor remuneración mensual del semestre. Como el mes de vacaciones se cobra sueldo + vacaciones, ese mes suele ser el más alto y hace que el aguinaldo se recalcule hacia arriba. Por eso conviene gozar las vacaciones antes del cierre de cada semestre (junio y diciembre).
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden?
Según el artículo 150 de la Ley de Contrato de Trabajo: hasta 5 años de antigüedad te corresponden 14 días; más de 5 y hasta 10 años, 21 días; más de 10 y hasta 20 años, 28 días; y más de 20 años, 35 días. Si no llegaste a trabajar el año completo, te corresponde 1 día de vacaciones por cada 20 días efectivamente trabajados (art. 151 LCT), sin superar el tope de tu antigüedad.
¿Cómo se paga un día de vacaciones?
El valor del día de vacaciones se calcula dividiendo el sueldo bruto mensual por 25, según jurisprudencia consolidada de la Justicia Nacional del Trabajo (los 25 representan los días efectivamente laborables del mes). Por ejemplo, con un sueldo de $1.000.000, cada día de vacaciones vale $40.000. El pago total es el valor del día multiplicado por los días que te corresponden: 14 días × $40.000 = $560.000.
¿Qué pasa si no gozo mis vacaciones?
Las vacaciones no gozadas se pagan en dinero como indemnización, con el mismo cálculo: valor del día (sueldo / 25) × días que te correspondían. Esto aplica tanto si trabajaste durante tu licencia como si la relación laboral terminó (renuncia o despido) sin que las gozaras. Las vacaciones no prescriptas deben pagarse siempre; en general prescriben a los 2 años.
¿Las vacaciones aumentan el aguinaldo?
Sí. El aguinaldo (SAC) se calcula sobre el 50% de la mayor remuneración mensual devengada en cada semestre, y el pago de vacaciones es remunerativo. Como el mes en que gozás vacaciones se cobra sueldo + vacaciones, ese mes suele ser el más alto del semestre y el aguinaldo se recalcula hacia arriba. Por eso conviene tomar vacaciones antes del cierre de cada semestre (junio y diciembre).